Publicada la Orden para la fase de formación en empresa en los grados D y E en Andalucía
Hoy se ha publicado la Orden de 26 de septiembre de 2025 que regula la fase de formación en empresa u organismo equiparado para los grados D y E del sistema de FP autonómico. Esta medida, vinculada al nuevo marco normativo de la FP (Decreto 147/2025, Real Decreto 659/2023 y la nueva ordenación de los ciclos de grado D y E), introduce ajustes significativos que no solo reconfiguran la relación entre centro y empresa sino que inciden en los criterios de evaluación y en la flexibilidad de la oferta.
A continuación, las novedades más destacadas:
1. Carácter de la formación
-
La fase en empresa tiene naturaleza formativa, no laboral.
-
Contribuye directamente al logro de los resultados de aprendizaje (RA) previstos en el currículo.
2. Régimen de la formación en empresa
Grado D (FP de grado básico, medio y superior)
-
Régimen general
-
Entre el 25–35 % del currículo (mínimo del 20 % en grado básico).
-
Abarca entre el 10–20 % de los RA de los módulos.
-
-
Régimen intensivo
-
Entre el 35–50 % del currículo, siempre con contrato formativo (no beca).
-
Debe cubrir al menos el 30 % de los RA de módulos ligados a estándares de competencia.
-
Requiere autorización anual de la Delegación Territorial, aval del equipo docente y solicitud formal.
-
Se aplica el silencio administrativo negativo: si no hay respuesta en 30 días hábiles, la solicitud se entiende desestimada.
-
Grado E (cursos de especialización)
-
Solo se admite el régimen general.
3. Condiciones y organización
-
Se pueden incluir módulos de:
-
Estándares de competencias profesionales.
-
Habilidades transversales, orientación laboral y emprendimiento.
-
-
Exclusiones:
-
Módulos de Comunicación y Ciencias Sociales y Ciencias Aplicadas en grado básico.
-
El módulo de Proyecto en grado D.
-
-
Limitaciones:
-
No se puede realizar todo un módulo profesional íntegramente en la empresa.
-
La estancia no puede superar el 65 % de las horas de un módulo individual.
-
4. Novedades destacadas en la gestión y evaluación
Evaluación integrada centro + empresa
-
Se consolida la evaluación continua e integradora entre lo aprendido en el centro y lo realizado en la empresa.
-
El docente tutor dual será quien recoja la valoración del tutor en empresa e integre la calificación final.
-
Los tutores en empresa emitirán un informe cualitativo (Anexo XIV), con resultados de aprendizaje valorados como “Superado / No superado”, motivando los negativos.
-
Si un RA no se alcanza en la empresa, el alumnado podrá recibir refuerzos en el centro.
Asistencia obligatoria
-
Para beneficiarse de la evaluación continua se exige al menos un 80 % de asistencia en centro y empresa.
-
Así se garantiza la participación real en las dos dimensiones de la formación.
Reducción de la fase en empresa
-
La duración puede reducirse proporcionalmente en caso de exenciones, convalidaciones o RA ya acreditados.
-
Supone un reconocimiento del trayecto previo del estudiante y evita duplicidades.
Flexibilidad temporal
-
Los centros podrán programar la fase en empresa en un curso distinto al del módulo matriculado.
-
En modalidad virtual o semipresencial, se permite agrupar módulos para optimizar itinerarios y plazas.
Promoción y calificación “pendiente”
-
El alumnado no promocionará si no supera módulos de primer curso, salvo recuperación en la convocatoria ordinaria.
-
Si la fase en empresa no se ha realizado aún, la calificación del módulo quedará como “Pendiente de formación en empresa”, sin que cuente como convocatoria consumida.
Conclusión
La Orden de 26 de septiembre de 2025 supone una apuesta clara por reforzar la conexión entre la FP y el mundo productivo, apostando por un modelo más justo, flexible y adaptado a la diversidad del alumnado.
Se consolidan mecanismos de evaluación integrada, se otorga mayor flexibilidad organizativa, se reconocen aprendizajes previos y se fomenta una colaboración más estrecha con las empresas.

Comentarios
Publicar un comentario